luminarias-led-concejo - ayto-grado
- ayto-grado
- Ayuntamiento
- luminarias-led-concejo
SUSTITUCIÓN DE LUMINARIAS EXISTENTES POR LUMINARIAS LED EN EL CONCEJO DE GRADO
El 21 de junio de 2021 se dicta la Resolución del IDAE por la que se estima favorablemente la solicitud de ayuda al Ayuntamiento de Grado, titular de CIF : P3302600F, formulada en el contexto del Real Decreto 616/2.017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa Operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020 ( BOE nº 144, de 17 de junio de 2.017).
- RÉGIMÉN DE FINANCIACIÓN
AYUNTAMIENTO DE GRADO |
FEDER |
20% |
80% |
- ANUALIDADES
EJERCICIO |
Ayuntamiento de Grado |
FEDER |
TOTAL |
2020 |
222.491,83 € |
889.997,29 € |
1.112.459,12 € |
La citada actuación tiene por objeto la sustitución de luminarias existentes por otras nuevas de tecnología LED de menor potencias y más eficientes, en El Concejo de Grado, manteniéndose los soportes existentes ( columnas, báculos, brazos de fachada ..etc).
ADJUDICATARIO
TELEGRADO S.L. con CIF B-33247198
IMPORTE DE LA ADJUDICACION: 727.000,00 € más IVA.
TRAMITACION DEL EXPEDIENTE 1872/2021
Enlace al Perfil del Contratante: (ENLACE)
Con fecha 30 de noviembre de 2021 el Pleno de la Corporación adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar la tramitación seguida quedando sometida la adjudicación a la condición suspensiva de la efectiva consolidación de los recursos que han de financiar el contrato.
SEGUNDO.- Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación del contrato para Sustitución de Luminarias por Luminarias LED en la Villa de Grado, así como el documento anexo a los mismos denominado Proyecto de Eficiencia Energética en el Alumbrado Público Exterior para la Sustitución de Luminarias Existentes por Luminarias LED en el Concejo de Grado. Principado de Asturias, disponiendo la licitación del contrato por medio del procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada.
TERCERO.- Disponer la apertura del plazo de presentación de proposiciones de 30 días desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, ordenando además la publicación del anuncio en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Grado.
Con fecha 19 de abril de 2022 el Pleno de la Corporación adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Declarar válida la licitación seguida y de conformidad con ello adjudicar el CONTRATO PARA LA RENOVACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO EN EL CONCEJO DE GRADO a TELEGRADO, S.L - NIF: B33247198, por un importe de SETECIENTOS VEINTISIETE MIL EUROS (727.000,00 €) más IVA, para un total de OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA EUROS (879.670,00 €), IVA incluido, para el periodo de duración del mismo (5 meses).
SEGUNDO.- Autorizar y comprometer el gasto por cuantía de 879.670,00 €, IVA incluido.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al adjudicatario y publicar en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Dado que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
CUARTO.- Indicar que contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso especial en materia de contratación de conformidad con lo señalado en el artículo 44 y siguientes de la Ley 9/2.017 de Contratos del Sector Público en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta a los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento.