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Servicios
Podrán optar al Programa de Vacaciones todas las personas residentes en España que reúnan cualquiera de lo siguientes requisitos:
Si el solicitante viaja con su cónyuge, no es preciso que éste reúna los requisitos de edad y pensión.
Se admitirá como acompañante a un hijo o hija con discapacidad, que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 45%, siempre que el viaje lo realice con sus padres y ocupe cama supletoria en la misma habitación del hotel.
Las personas interesadas en participar deberán formalizar la correspondiente solicitud, pudiendo dirigirse al Centro de Servicios Sociales donde se les facilitará el impreso.
Los plazos para solicitar suelen ser en los meses de marzo o abril con una duración aproximada de 20 a 30 días, pudiendo variar, con lo que se debe de estar pendiente de pedir en el Centro de Servicios Sociales la información para estar al tanto de la apertura de los plazos.
DOCUMENTACION: Sólo se necesita el carnet de identidad.